Sólo aplica para maestra que sea de educación Física
Otorgar facilidades a las trabajadoras docentes en estado de gravidez que imparten la asignatura de educación física frente a grupo por las características específicas de sus funciones, para que a partir del séptimo mes de embarazo sólo realicen actividades inherentes a dicha materia dentro del salón de clases, mismas que no deberán de ser excesivas o peligrosas para su salud o la del producto de la concepción.
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